14 mar 2010

Etapa 7: Presentación de recursos y reclamaciones - Testigos electorales







Presentación de recursos y reclamaciones durante el conteo de votos. Los testigos electorales son ciudadanos debidamente acreditados que representan a los partidos y movimientos políticos durante los procesos electorales.

De acuerdo con la Registraduría, los testigos electorales pueden formular reclamaciones escritas por las siguientes causales:

- Cuando el número de sufragantes de una mesa exceda el de ciudadanos que podían votar en ella;

- Cuando aparezca de manifiesto que en las actas de escrutinio se incurrió en error aritmético al computar los votos;

- Cuando, con base en las papeletas electorales y en las diligencias de inscripción aparezca de manera clara e inequívoca que en el acta de escrutinio se incurrió en el error al anotar el nombre o apellidos de uno o más candidatos;

- Cuando los dos (2) ejemplares de las actas de escrutinio de los jurados de votación estén firmados por menos de tres (3) de éstos.

 Nota: estas imágenes registran el momento en que algunos testigos en una mesa de votación de Corferias, solicitaron el recuento físico de votos. Los jurados iniciaron recuento de votos.

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